este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por las ciudadanas CARMEN EDUVIGUIS MARCANO, YANEIDA COROMOTO RAMOS DE LUGO y NELIS MARIA MILLAN, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio y portadoras de las cédulas de identidad Nros. 5.478.235, 5.478.248 y 5.481.662, respectivamente, contra la CORPORACIÓN DE SALUD DEL ESTADO NUEVA ESPARTA (CORPOSALUD), y SOLIDARIAMENTE LA GOBERNACIÓN DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, por CUMPLIMIENTO DEL BENEFICIO DE PROVISIÓN DE ALIMENTACIÓN DURANTE LA JORNADA DE TRABAJO.
SEGUNDO: Se condena a la CORPORACIÓN DE SALUD DEL ESTADO NUEVA ESPARTA (CORPOSALUD) y SOLIDARIAMENTE A LA GOBERNACIÓN DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, pagar a las ciudadanas CARMEN EDUVIGUIS MARCANO, YANEIDA COROMOTO RAMOS DE LUGO y NELIS MARIA MILLAN, venezolanas, mayores de edad, de este domici.....