este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en Sede Constitucional, y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Acción de Amparo Constitucional intentada por el ciudadano RODRIGO ALFREDO DE LA BARRA JARA, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 23.868.453, en contra de la SOCIEDAD MERCANTIL ADMINISTRADORA LAGUNAMAR C.A.
SEGUNDO: Se ordena la Inmediata Ejecución de la Providencia Administrativa dictada por la Inspectoria del Trabajo del Estado Nueva Esparta, de fecha 10 marzo de 2010, que ordenó el Reenganche del ciudadano RODRIGO ALFREDO DE LA BARRA JARA, a su sitio habitual de trabajo y en las mismas condiciones en las cuales las venia desempeñando, con el consiguiente pago de los salarios caídos dejados de percibir desde el momento en que ocurrió el despido, es decir, desde el.....