este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano Nueva Esparta, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CONSUMADA LA PERENCIÓN y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la solicitud intentada por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA SOCIEDAD MERCANTIL EKIPA NUEVA ESPARTA (SINTRAEKIPANE), a través de su presunto representante ciudadano JONATHAN SUNIAGA, antes identificado, titular de la cedula de identidad Nº V- 17.846.873. SEGUNDO: Se ordena la notificación de la parte solicitante a los fines que tenga conocimiento de la presente decisión. TERCERO: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil el cual se aplica por remisión expresa del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese, Regístrese y Déjese Copia.