este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana YASSELY MAITEX PINTO, Venezolana, mayor de edad, portadora de la Cédula de Identidad Nro. V- 12.153.299, en contra de la Empresa TOMAS SHATKI AND RELAX, C.A, plenamente identificada en autos.
SEGUNDO: Se condena a la Empresa TOMAS SHATKI AND RELAX, C.A, pagar a la ciudadana YASSELY MAITEX PINTO, el monto que arroje la experticia complementaria del presente fallo por los siguientes conceptos: Antigüedad conforme al articulo 142 literales "a" y "b" o en su defecto "c" si resultare mas beneficioso para la trabajadora tal como lo dispone el literal "d" de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y las Trabajadoras; Vacaciones y Bono Vacacional periodo 2012-2013, le corresponden 30,00 días, conforme .....