este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Admnistrativa declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso Contencioso Administrativo de nulidad interpuesto por la ciudadana ALINNA MARÍA PERALES MARÍN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 16.825.722, contra la Providencia Administrativa Nº 238 -12, dictada en fecha 15 de Octubre de 2012, por la Inspectoria del Trabajo del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en el expediente distinguido con el No. 047-2011-01-01561, mediante la cual declaró SIN LUGAR la solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos, incoada por la Ciudadana ALINNA MARÍA PERALES MARÍN, contra de la empresa "PROMOTORA PUERTO CRUZ 2000, C.A., (HOTEL DUNES & BEACH RESORT).....