Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con el artículo 41 Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, declara: PRIMERO: CONSUMADA LA PERENCIÓN y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el presente RECURSO DE NULIDAD incoado por la Abogada en ejercicio BEATRIZ ELENA SALAZAR GOMEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 92.834, en su carácter de Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil, MEGATEX, C.A., en contra de la Providencia Administrativa Nº 103, de fecha siete (07) de Agosto de dos mil nueve (2009), emanado de la Inspectoría del Trabajo del Estado Bolivariano de Nueva Esparta. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión. TERCERO: Notifíquese a la parte recurrente de la presente de.....