este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano JESÚS ANTONIO ZUZUNAGA MENESES, en contra de las empresas HIPPOCAMPUS VACATION CLUB C.A, 7BC TECNOLOGY SERVICE CORPORATION, C.A y GEREMPRO 92, C.A.
SEGUNDO: Se condena a las accionadas HIPPOCAMPUS VACATION CLUB C.A, 7BC TECNOLOGY SERVICE CORPORATION, C.A y GEREMPRO 92, C.A., pagar al ciudadano JESÚS ANTONIO ZUZUNAGA MENESES. De conformidad con el artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se ordena el pago de los intereses de mora generados por las cantidades condenadas a pagar, contados a partir de la fecha de terminación de la relación laboral, esto es, 19 de febrero de 2008, hasta la oportunidad del pago, calculo que se efectuará mediante experticia co.....