este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano Nueva Esparta, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con el artículo 41 Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, declara: PRIMERO: CONSUMADA LA PERENCIÓN y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente acción interpuesta por la Sociedad Mercantil MARGARITA CASINOS AUSTRIA, C.A., contra la Providencia Administrativa de fecha veinticinco (25) de marzo de dos mil dos (2002), dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, mediante la cual declaró con Lugar la Solicitud de Reenganche y Salarios Caídos, interpuesta por la ciudadana MARTHA MARÌA LÓPEZ GÓMEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-9.955.805. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión. TERCERO: Notifíquese a la parte recurrente de la presente d.....