éste Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandante apelante. SEGUNDO: Se confirma la decisión publicada en fecha 09-03-2015 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en consecuencia, se declara Sin Lugar la demanda incoada por el ciudadano ANTONIO MEJÍAS, en contra del GRUPO DE TRABAJO KASUAL, C.A, L-C, C.A. y KAMBRE, C.A., por concepto de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales. TERCERO: No hay expresa condenatoria en costas dada la naturaleza del presente asunto. Remítase la presente causa al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, a los fines legales consiguientes.