Este Tribunal en vista del acuerdo transaccional al que han llegado las partes, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, 9 y 10 del Reglamento de la Ley, por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL DE LAS PARTES, ordenándose la remisión del presente asunto al Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, una vez conste en autos el pago del primer pago ofrecido, a los fines que el presente asunto continúe el curso legal correspondiente. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.