éste Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandante, ciudadano JULIO CESAR TOVAR, a través de su Apoderado Judicial, abogados en ejercicio KATIUSKA RESENDE LANZA. SEGUNDO: Se anula el auto dictado en fecha 14-12-07 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de ésta Circunscripción Judicial, en consecuencia se repone la causa al estado de que se deje transcurrir un día hábil de despacho para que la parte actora proceda a realizar la respectiva subsanación del libelo de demanda, computándose dicho lapso a partir del primer día hábil siguiente al recibo del expediente en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de ésta Circunscripción Judicial. TERCERO:.....