éste Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Parcialmente Con Lugar el Recurso de Apelación interpuesto por la parte actora, ciudadano DANIEL ALFREDO RAMIREZ DUVEN, a través de su apoderado judicial, abogado en ejercicio JOSE VICENTE SANTANA ROMERO. SEGUNDO: Se revoca parcialmente el auto de fecha 01-07-2015, en cuanto a lo decidido sobre la apertura de la articulación probatoria del artículo 607 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia se ordena al Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo continuar con el procedimiento de Ejecución establecido en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en el presente asunto. TERCERO: Notifíquese al Juez Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial de la presente decisión a los fines legales consiguien.....