éste Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandada apelante, empresa GRUPO DE MERCADEO INTEGRAL E.T.T.D.A. C.A., a través de su apoderada judicial, abogada en ejercicio MARIA LUISA FINOL. SEGUNDO: Se modifica parcialmente la decisión publicada en fecha 11-06-2015 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en relación a la fecha de terminación de la relación laboral existente entre la actora ciudadana ANGELICA DEL VALLE ROMAN y la empresa GRUPO DE MERCADEO INTEGRAL E.T.T.D.A. C.A., determinándose como fecha el 16-03-2012, en consecuencia se modifican también los montos condenados en la sentencia recurrida, los cuales serán discriminados en la parte motiva de esta sentencia. TERCERO No .....