éste Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandada apelante, empresa ARTECASA, C.A., a través de su apoderada judicial, abogada en ejercicio MARIA ANTONIETA MANGIAFICO. SEGUNDO: Se confirma la decisión dictada en fecha 24-03-2008, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en consecuencia se condena a la demandada al pago de UN MIL NOVECIENTOS VEINTICUATRO BOLIVARES FUERTES CON VEINTICINCO CENTIMOS (Bs.F. 1.924,25), para la Ciudadana SOTERA ARAIZA URBANO y para la Ciudadana GUILLERMINA MARGARITA CABRERA, la cantidad de UN MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLIVARES FUERTES CON DOCE CENTIMOS (Bs.F. 1.795,12), para un total de TRES MIL SETECIENTOS DIECINUEVE BOLIVARES FUERTES CON TREINTA Y SIETE CENTI.....