VISTOS Y ANALIZADOS LOS ANTERIORES PARTICULARES, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA MUNICIPAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 03 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY, EMITE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: Se decretó la Nulidad Absoluta de las actuaciones y del Procedimiento de Detención del Ciudadano Eleazar José Hidalgo Cedeño, ello en virtud de no haberse cumplido con los parámetros establecidos en el artículo 234 de la Norma Adjetiva Penal, en relación con el artículo 44, numeral 1º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, acordándose en consecuencia, la Libertad Plena del mismo. SEGUNDO: Se ordenó oficiar al Cuerpo De Investigaciones Científicas Penales Y Criminalísticas, a los fines de solicitarles actualizar los datos generados por este hecho, en contra del Ciudadano Eleazar José Hidalgo Cedeño, de conformidad con lo establecido en los artículos 20 y 28 de la .....