Por lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Extinción de la Acción por pérdida de interés procesal de la parte solicitante, ciudadanos BRAULIO RAMÓN SALAZAR VELÁSQUEZ y JURVIN DEL CARMEN GÓMEZ DE SALAZAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-4.653.683 y V-5.481.054, respectivamente, asistidos por el abogado en ejercicio Máximo Antonio Marcano, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 155.262.-
SEGUNDO: Se da por terminado el procedimiento y se ordena el archivo del expediente en su debida oportunidad.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta. San Juan .....