VI.- DISPOSITIVA:
Con fundamento en las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con lugar, la denuncia por Irregularidades Administrativas, presentada por los ciudadanos José Rafael Velásquez Millán, Rosa Estela Velásquez de Jiménez, Alcira Margarita Velásquez Millán, Maria Rosario Velásquez De Velásquez y Blanca Yaneth Velásquez de Carrión, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-2.832.785, V-3.823.684, V-3.825.906, V-4.050.592 y V-4.653.539, respectivamente, contra los ciudadanos Wilmer José Jiménez Velásquez y Fabricio Velásquez Carrión, titulares de las cédulas de identidad Nº V-10.204.875 y Nº V-4.656.168, respectivamente, en su carácter de Presidente y Comisario de la Sociedad Mercantil .....