En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Con lugar la solicitud de Divorcio fundamentada en el artículo 185-"A" del Código Civil, presentada por los ciudadanos ALBARO ALEXANDER TINEO ALBINO y MARÍA JOSEFINA MACAYO DE TINEO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.441.685 y V-11.441.235, respectivamente, asistidos por la abogada Virginia Laguna Rodríguez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 185.173.-
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ellos ante la Prefectura del Municipio Ribero del estado Sucre, según consta de original de acta de matrimonio expedida por la referida Prefectura, que se encuentra asentada bajo el Nº 09,.....