DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Díaz de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, se declara Incompetente en razón de la Cuantía, para conocer la presente demanda de Cobro de Bolívares por el Procedimiento de Intimación, incoada por la abogada HILDA CAROLINA ALIENDRES GALINDO, titular de la cédula de identidad Nº V-11.907.210, inscrita en inpreabogado bajo el Nº 81.144, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil DISFRAMACA, C.A; domiciliada en La Asunción, Municipio Arismendi del estado Nueva Esparta, originalmente constituida e inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, en fecha 24 de septiembre de 2004, bajo el N° 8, Tomo 40-A, inscrita en el Registro de Información Fiscal (RIF) bajo el Nº J-31.....