Por todo lo expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Díaz de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, se declara Incompetente, en razón de la materia, para conocer la Solicitud de Justificativo de Testigos presentada por la ciudadana RAQUEL TIBISAY CHARMELO, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-14.056.344, debidamente asistida por el abogado en ejercicio José de la Cruz Yaguare, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 43.185; en consecuencia, DECLINA LA COMPETENCIA al Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, a quien se ordena remitir el presente asunto.
Se deja expresa constancia que a partir de la publicación de la presente decisión, las partes tienen un plazo de cinco días de despacho para solicitar la Regulación de Competencia, venci.....