CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos DIONICIA RAFAEL ROMERO SALAZAR y ARNEDO JOSE LEON LEON ambos identificados anteriormente, y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial que los une en virtud del matrimonio por ellos celebrado el día en fecha 12 de Enero de 1984, según consta de la Copia Certificada del Acta de Matrimonio anexa, que quedó inserta bajo el Nº 01, folio 01 vuelto al folio 02 y su vuelto del Libro de Matrimonios llevados por la Prefectura del Municipio Foráneo Sucre, Municipio Autónomo Gómez, hoy en día Registro Civil del Municipio Gómez del estado Bolivariano de Nueva Esparta; administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y se ordena conforme a lo previsto en los artículos 101 numeral 06 y 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil, a insertar la presente sentencia, única y exclusivamente ante el Registro Civil correspondiente y agregar la nota marginal en la referida acta.