CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos RONALD JOSE RAMOS ORTIZ e ISABEL JOSE RODRIGUEZ MARCANO ambos identificados anteriormente, y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial que los une en virtud del matrimonio por ellos celebrado en fecha 08 de Julio de 1994, según consta de la Copia Certificada del Acta de Matrimonio anexa, que quedó inserta bajo el Nº 15 del Libro de Civil de Matrimonios llevados por ante el Registro Civil del Municipio Marcano del estado Nueva Esparta; administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y se ordena conforme a lo previsto en los artículos 101 numeral 06 y 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil, a insertar la presente sentencia, única y exclusivamente ante el Registro Civil correspondiente y agregar la nota marginal en la referida acta.