CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos FRANKLIN LUIS FIGUEROA ORTA y MARTHA BEATRIZ ROJAS VASQUEZ, ambos identificados anteriormente, y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial que los une en virtud del matrimonio civil, por ellos celebrado por ante el Despacho de la Prefectura del Municipio Gómez del estado Nueva Esparta en fecha 01 de Diciembre de 1988, según consta de la Copia Certificada del Acta de Matrimonio anexa, que quedó inserta bajo el Nº 46, del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevados por la Registro Civil del Municipio Gómez de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta; administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y se ordena conforme a lo previsto en los artículos 101 numeral 06 y 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil, a insertar la presente sentencia, única y exclusivamente ante el Registro Civil correspondiente y agregar la nota marginal en la referida acta.