PRIMERO: Con lugar la solicitud de divorcio fundamentada en el artículo 185 del Código Civil, en concordancia con el criterio de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia dictada en el expediente N° 12.1163, de fecha 02.06.2015, con ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchan, presentada por la ciudadana ROSSE MARIE EUMELIA HAUWAY TORRES contra el ciudadano VICENTE NICOLAS BULICICH MARDONES, plenamente identificados.
SEGUNDO: DISUELTO, el vinculo matrimonial que los unía contraído por ellos por ante la Junta Parroquial de la Parroquia Chacao del Municipio Autónomo Sucre del Estado Miranda, según consta del Acta de Matrimonio Nº 222, todo conforme con lo previsto en el artículo 185 del Código Civil.