V- DECISIÓN DEL ÓRGANO JURISDICCIONAL
En Atención y consideración a las razones expuestas, es por lo que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Arismendi, Antolín del Campo y Gómez de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de NULIDAD DE DOCUMENTOS ACLARATORIA DE LINDEROS, interpuesta por los ciudadanos ANA MERCEDES DULCE DE MINDLER Y WILHELM MINDUR, de Nacionalidad Colombiana la primera, ambos mayores de edad, casados, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. E- 82.294.135, y venezolano el segundo, V-10.466.684, de este domicilio, representada por su Apoderado Judicial Abogado en ejercicio DANIEL BRUNO SOÑORA, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 66.445, contra la ciudadana MARIA ALEJANDRA URIARTE LOBO, venezolana, mayor de edad, titular de Cedula de Identidad Nº V- 25.15.....