Por las razones antes expuestas este Tribunal Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República
Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar La Admisión de la Reconvención formulada por el apoderado judicial abogado Otto julian Arismendi, plenamente identificado en autos, de la Empresa Mercantil Galery Fantasy C.A, demandada-reconviniente, contra la Demandante-recovenida, Sociedad Mercantil FX & CRISAFULLI, C.A, todos supra identificados, por estar ajustada a derecho. ASI SE DECIDE.------------------------------------------------------------
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÓN.-------------------------------------------------------------------------------------------
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judici.....