En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MANEIRO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR La solicitud de Separación de Cuerpo realizada por los ciudadanos RICARDO ERNESTO JIMENEZ MERCADO y ZUKA CECILIA CASTILLO FERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad Nros. 16.283.918 y V- 19.089.005, respectivamente.-----------
SEGUNDO: DISUELTO, como consecuencia de la anterior declaratoria, el vínculo matrimonial que los unía contraído por ellos en fecha 10-12-20109, acta nro. 174, de los libros de registro Civil de Matrimonios, llevado por ante el Registro Civil del Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta.-----------------------------------------------
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, DÉJESE COPIA y PARTICÍPESE, lo co.....