IV.- DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Villalba, Tubores y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMODATO incoada por los ciudadanos MAURIZIO MATTEI Y LORETTA MASTRUZZI, italianos, titulares de los pasaportes Nros. AA0244410 y AA3781636, respectivamente, contra la ciudadana YOLANDA GRATEROL, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-12.025.141.
SEGUNDO: Se ordena a la parte demandada reconviniente ciudadana YOLANDA GRATEROL, cumplir el contrato de comodato y en consecuencia proceda a hacer la ENTREGA MATERIAL a los ciudadanos MAURIZIO MATTEI Y LORETTA MASTRUZZI, del inmueble objeto de la presente demanda, cons.....