CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, formulada por el ciudadano CARLOS ANTONIO MARQUEZ HURTADO. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos CARLOS ANTONIO MARQUEZ HURTADO y YELITZA DEL CARMEN IGLESIAS NAVAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-9.955.901 y V-16.115.334, respectivamente, en fecha 19 de diciembre de 1997 por ante la Primera Autoridad Civil y su secretario de San Antonio de los Altos, del Municipio Autónomo Los Salias del Estado Mirando según consta en Acta de Matrimonio N° 111, inserta al folio 111, Tomo 1, Articulo 70, del Libro duplicado del Registro Civil de Matrimonios correspondientes al año 1997, llevado por la primera autoridad civil del Municipio Los Salías, San Antonio de los Altos del estado Miranda.