Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Villalba, Tubores y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE, la solicitud de Titulo Supletorio, presentada por el ciudadano CRISTIAN REINALDO GUTIERREZ PIMIENTO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular la cédula de identidad N° 25.645.572, de este domicilio.
SEGUNDO: se ordena devolver las presentes actuaciones originales al solicitante.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión, conforme a lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Dada, firmada y
sellada en la sala del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba .....