VI. DE LA HOMOLOGACIÓN.-
En base a lo anterior, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Villalba, Tubores y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, considera que las partes llegaron a un acuerdo transaccional en la presente causa y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, antes transcritos y en virtud de lo manifestado por ambas partes en el escrito de Transacción Judicial, se impone para este Juzgado impartir su HOMOLOGACIÓN; y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. Y ASÍ SE DECIDE.-
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Villalba, Tubores y Península de Macanao del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en la ciudad de Porlamar, a los do.....