DECISIÓN
Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Villalba ,Tubores y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos CARLOS CESAR NARVAEZ MARVAL y ROSABEL EPIFANIA GONZALEZ DE NARVAEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de la cédula de identidad N° V-10.198.519 y N° V-10.197.871, respectivamente.. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por ellos en fecha 06 de Noviembre de 1987 por ante la primera autoridad Civil de Sotillo del Estado Anzoátegui, tal y como se evidencia en la copia fotostática certificada del Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 25.
Expídanse copias cer.....