En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones Titulo Suficiente para asegurar sus condiciones como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus AREVALO EMILIO CEDEÑO CASTAÑEDA, a los ciudadanos MARIA JOSEFINA CEDEÑO AGUILERA, ADALBERTO CARLOS CEDEÑO AGUILERA, SYLVIA MARGARITA CEDEÑO AGUILERA y VALENTINA COROMOTO CEDEÑO AGUILERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. V-4.705.438, V-3.657.425, V-5.962.619 y V-5.962.688, respectivamente, domiciliados en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, en su condición de sobrinos del finado antes mencionado.-