En cuanto a la solicitud de Regulación de Competencia por el Territorio formulada por la parte demandada, se le advierte que deberá proveer las copias simples a los fines de su certificación por ante la Secretaria de este Despacho. En tal sentido se insta al apoderado judicial de la parte demandada a indicar los folios del expediente objetos de certificación, para su respectiva remisión al Tribunal Superior Agrario del Estado Monagas, ciudad Maturín, para que decida la Regulación de Competencia por Territorio aquí planteada, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 207 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en concordancia, con lo previsto en el artículo 71 del Código de Procedimiento Civil. Por consiguiente, éste Tribunal Agrario recibe la presente diligencia y ordena agregarla al expediente