PRIMERO: MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA ESPECIAL DE PROTECCIÓN A LA ACTIVIDAD PECUARIA Y A LA ACTIVIDAD AGROALIMENTARIA, a favor del ciudadano ENNYD MOYA RINCONES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.336.304, de oficio agricultor, debidamente asistido por el Abogado LUIS MIGUEL ROJAS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 55.280, en su condición de Defensor Público Primero Agrario adscrito a la Unidad Regional de la Defensa Pública del Estado Nueva Esparta, sobre el lote de terreno ubicado en el Sector La Vega del Cardón, Municipio Antolín del Campo del Estado Nueva Esparta.