SEGUNDO: Este Tribunal Agrario previo asesoramiento del experto designado y actuando de conformidad con lo previsto en el artículo 191 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, deja constancia que en el lote de terreno objeto de la presente inspección judicial, se realizan actividades pecuarias en pequeña escala consistente en la cría y comercialización de ganado vacuno y se encuentran doce (12) vacas y dos (02) becerros, para un total de catorce (14) reses, las cuales son propiedad del peticionario de la presente solicitud de Medida de Protección a la Actividad Pecuaria y a la Actividad Agroalimentaria; TERCERO: Este Tribunal Agrario previo asesoramiento del experto designado y actuando de conformidad con lo previsto en el artículo 191 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, deja constancia de la existencia de varios montones de pasto secos y uno de ellos quemado, en el predio objeto de la presente inspección judicial; CUARTO: Este Tribunal Agrario previo asesoramiento del experto.....