por consiguiente, esta Instancia Agraria le concede a las partes intervinientes en el presente juicio un lapso de tres (03) días de despacho siguientes al de hoy, para oponerse a las pruebas promovidas por la contraparte que a su juicio consideren ilegales o impertinentes, todo ello, de conformidad con lo previsto en el artículo 397 del Código de Procedimiento Civil, norma aplicada supletoriamente al presente juicio. Cúmplase.-