En mérito de las consideraciones precedentes, este Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CONSUMADA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA-, en consecuencia, EXTINGUIDO EL PROCESO, en la Solicitud de Justificativo de Testigos –Extrajudicial-, interpuesta por la ciudadana RAQUEL TIBISAY CHARMELO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.056.344, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio JOSÈ DE LA CRUZ YAGUARE VERACIERTA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 43.185.
SEGUNDO: Dada la anterior declaratoria de la Perención de la Instancia, la cual, surte efectos únicamente respecto de este proceso, y la misma no impide que la interesada pueda acudir nuevamente ante este Tribunal Agrario después de transcurridos noventa (90) días continuos lu.....