este Juzgador actuando en su condición de Director del Proceso, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil y en aras de garantizar a las partes intervinientes en el presente Juicio de Tacha de Falsedad de Documento Público, el principio de igualdad, la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa, consagrados en los artículos 21, 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se ordena notificar mediante Oficio a la ciudadana Fiscal Superior del Ministerio Público del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 136 y 285 Ordinales 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 16 Numeral 2 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, así como lo previsto en los artículos 131, 132 y 442 Numeral 14º del Código de Procedimiento Civil, que esta Instancia Agraria mediante auto de fecha 27 de Octubre de 2017, se Aboc.....