En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve lo siguiente: PRIMERO: Se revisó y examinó la Medida de coerción personal impuesta al ciudadano JAVIER EDUARDO MEJIAS; ya identificado, conforme a lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la solicitud hecha por los abogados BESAIDA LUNA y ANDRES GUERRA, actuando con el carácter de Defensores del ciudadano JAVIER EDUARDO MEJIAS, ya identificado, de otorgarle medida cautelar sustitutiva a la privativa de libertad, conforme a lo dispuesto en el artículo 256.1 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, se acuerda mantener la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad que pesa sobre e.....