En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio en materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, resuelve lo siguiente: PRIMERO: Se ordena la separación de las causas penales a la causa OP01-P-2007-001292 de la causa OP01-P-2009-006806, seguidas al ciudadano RAIVER JOSE GOMEZ ROJAS, ya identificado; con fundamento a lo dispuesto en el artículo 74.1 del Código Orgánico Procesal Penal aplicable por remisión expresa del artículo 64 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: Se DECLARA COMPETENTE a este Tribunal de Juicio en materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta para conocer del asunto penal No. OP01-P-2007-001292 seguida al ciudadano RAIVER JOSE GOMEZ ROJAS, ya.....