Esta Jueza Quinta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, y Ejecución, habiendo constatado de autos la documentación necesaria a los fines de conceder dicha autorización, prescinde de la celebración de dicha audiencia, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud de Autorización Judicial incoada por la ciudadana Laura Angelina Brito, mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.290.828, debidamente asistida por la Abogada MARIA CELESTE DE CASTRO, en su condición de Defensor Público Segunda de Protección del Niño y del Adolescente, en beneficio de los adolescentes (Identidad omitida conforme a lo estableado en el artículo 65 de la Lopnna). SEGUNDO: AUTORIZAR a la ciudadana Laura Angelina Brito, antes identificada, para que en nombre y representación de su hijo, los adolescentes (Identidad omitida conforme a lo estableado e.....