Es por lo que esta Jueza QUINTA de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, y Ejecución, habiendo constatado de autos la documentación necesaria a los fines de conceder dicha autorización, prescinde de la celebración de dicha audiencia, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar con Lugar la Solicitud de Autorización Judicial, incoada por el ciudadano: FRANKLIN JOSE DUBEN, titular de la Cédula de Identidad Nº10.202.074,, en beneficio de su hijo anteriormente identificado, para que acuda ante las autoridades competentes, a realizar los trámites necesarios tendentes a la tramitación y obtención del LA VISA AMERICANA que requieren su hijo antes mencionados.