esta Jueza Cuarta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, y Ejecución, habiendo constatado de autos la documentación necesaria a los fines de conceder dicha autorización, prescinde de la celebración de dicha audiencia, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar con Lugar la Solicitud de Autorización Judicial, incoada por el ciudadano EMILIO BALTAZAR NEIRA PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. E-81.299.185, en beneficio de su hijo, el adolescente (OMITIDO CONFORME A LA LEY),. SEGUNDO: AUTORIZAR al ciudadano EMILIO BALTAZAR NEIRA PEREZ, antes identificado, para que acuda ante las autoridades competentes, a realizar los trámites necesarios tendentes a la obtención del Pasaporte que requiere el adolescente (OMITIDO CONFORME A LA LEY). Quedando entendido que la presente no Autoriza al adolescente en referencia para viajar fuera del País.....