Quedando establecido de la siguiente manera: Primero: El padre ofrece pagar la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 50.000,00) mensuales, los cuales, serán depositados en cuenta de ahorro de la entidad bancaria B.N.C, a nombre de la madre. Segundo: El padre pagara el 50% del bono navideño, para la compra de ropa y juguetes, el 50% del bono escolar para útiles e uniformes y merienda. Tercero: El padre cubrirá el 50% de los gastos por concepto de medicinas, médicos y otros inherentes a su hijo para su desarrollo integral, se les insta a ambos padres que las decisiones de su hijo deben ser asumidas por ambos padres. Cuarto: Por su parte la ciudadana Elizabeth del Valle Marcano Marin, manifestó estar de acuerdo con lo expuesto por el padre. En tal virtud, este despacho judicial ADMITE la misma por no ser contraria al orden público, a la moral pública o a alguna disposición expresa del ordenamiento jurídico y tomando en cuenta la premisa fundamental de la Doctrina de Protección Integr.....