este Juzgado Cuarto de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de este Circuito Judicial, en uso de sus atribuciones legales, admite la misma por no ser contraria al orden público, a la moral pública o a alguna disposición expresa del ordenamiento jurídico y suprime la celebración de la audiencia y en consecuencia, Declara PRIMERO: HOMOLOGADO en todos y cada uno de sus términos el acuerdo suscrito por los ciudadanos ANA ISABEL SANTIAGO RODRIGUEZ y ADRIAN JOSE SALAZAR RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, venezolanos, titulares de la cédula de Identidad Nros. V-11.712.280 y V-12.661.293 respectivamente ya identificados, respecto de la Comunidad de Gananciales, considerándolo como asunto pasado en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en los artículos 177, Parágrafo Segundo, literal "h", concatenado con el Capitulo VI del Titulo IV y artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGU.....