esta Jueza Cuarta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, y Ejecución, habiendo constatado de autos la documentación necesaria a los fines de conceder dicha autorización, prescinde de la celebración de dicha audiencia, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar con Lugar la Solicitud de Autorización Judicial incoada por la ciudadana: ALMARYS ELENA VELASQUEZ TEHERAN, mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-19.585.155, en beneficio de su hijo (omitido conforme a la ley) de once (11) años de edad. SEGUNDO: AUTORIZAR la ciudadana ALMARYS ELENA VELASQUEZ TEHERAN, antes identificada, para que en nombre y representación de su hijo, el niño (omitido conforme a la ley), acuda ante la Dirección del Instituto de Previsión Social de las Fuerzas Armadas y ante cualquier otro organismo, público o privado, y/o entidad bancaria para gestionar el cobro .....