"En fuerza de las anteriores consideraciones, esta Jueza del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y Bienes, formulada por los ciudadanos GREGORY JOSÉ ORTEGA PATIÑO Y NAKARY DEL VALLE ZABALA SERRANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 12.920.341 y 18.399.641 respectivamente, con fundamento en el Artículo 185 del Código Civil, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 20.02.2010 ante el Registro Civil del Municipio Maneiro del estado Nueva Esparta. "