esta Jueza Cuarta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución, para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que le confiere la Ley y de conformidad con lo establecido en el literal "K" del Parágrafo Segundo del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con lo previsto en el artículo 517 ejusdem y Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, , Declara: PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud incoada por los ciudadanos DARWIN GONZALEZ MARIN, HAROLDO GONZALEZ MARIN, EMILCE GONZALEZ MARIN, FREDDY GONZALEZ MARIN y GEISA GONZALEZ MARIN venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N: 2.833.995, 1.450.540, 2.833.625 , 2.833.366 y 4.649.279 respectivamente, los cinco primeros nombrados actuando en su propio nombre y representación, y la ciudadana GEISA GONZALE.....