en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud incoada por los ciudadanos SAUL JOSE LEON y DELFINA PINTO ZULUAGA, venezolano el primero y Colombiana la segunda, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-4.952.030 y E- 82.302.287 respectivamente. SEGUNDO: Se AUTORIZA los ciudadanos SAUL JOSE LEON y DELFINA PINTO ZULUAGA, para que en nombre y representación de sus hijos OMITIDO CONFORME A LA LEY, identificado en auto, realice las gestiones pertinentes ante el Registro Subalterno del Municipio donde esta ubicado el inmueble, tendentes a realizar la cesión del bien señalado y a la ciudadana LUCY ELEIDA ZERPA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.461.845 para que los represente a la firma de la respectiva cesión ya que es beneficio de sus hijos, debiendo consignar en copia del documento de cesión en el presente.....